Aprueban Ley que regula servicio de
recolección de Limpia Pública
- Establece
competencias y responsabilidades en materia de separación, recolección y
transporte de basura.
El pleno legislativo
aprobó con 24 votos a favor y 14 abstenciones, la Ley que regula el
Servicio de Recolección de Limpia Pública, en armonización con las leyes
existentes en la materia, y sentó las bases para que los municipios elaboren
sus reglamentos.
La ley contempla multas de 20 a 50 días de
salario mínimo para los ciudadanos que incumplan su contenido o generen daño
ambiental con motivo de sus actos u omisiones, así como la suspensión temporal
o cancelación del permiso o licencia de establecimientos, sobre todo cuando
sean reincidentes.
Esta
norma está integrada por ocho títulos e incluye disposiciones generales
en materia de distribución de competencias y responsabilidades, separación y
barrido de basura; recolección y transporte, destino final, derechos y
obligaciones de los trabajadores del servicio de Limpia Publica, infracciones y
sanciones.
El autor de la ley, el
diputado Antonino Baxzi Mata, advirtió que Veracruz ocupa el
cuarto lugar de las entidades que más recoge residuos en el país, con un 5.2%,
lo que obliga a que en la entidad cuente con lugares de destino final,
con buena infraestructura y una población organizada y capacitada que pueda
realizar la tarea de limpia pública adecuadamente.
El Ejecutivo del Estado,
a través de la Secretaría de Medio Ambiente, debe realizar programas y
promover la capacitación de personas, sindicatos y organizaciones de todos los
sectores, a fin de contribuir en el mejoramiento del medio ambiente y manejo
adecuados de los desechos sólidos.
Los Ayuntamientos
deberán diseñar y construir programas concernientes al medio ambiente, pero
sobre todo realizar sus propios Reglamentos de limpia pública, de acuerdo
con sus necesidades, apegados siempre a este marco normativo.
Durante la
sesión, el pleno legislativo aprobó una moción suspensiva que
presentó el diputado Octavio
Pérez Garay
y devolvió a las comisiones Permanente Unidas de Justicia y Puntos
Constitucionales, y de Organización Política y Procesos Electorales, el
dictamen que adiciona el Libro
Sexto referente al voto de los veracruzanos en el extranjero, comprendido de 12
artículos y un título único al Código Electoral del Estado de Veracruz.
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